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GONZALO FERNANDEZ-SAMBRUNO, RC SEVILLA CARTUJA, ABOGADO TITULAR DEL DESPACHO CLAVER & EGLER ABOGADOS Y MEDIADORES

Gonzalo Fernández-Sambruno, nombrado recientemente
miembro de pleno derecho de la World Compliance Association.

 

“Un Pleito no consiste en vencer, sino en convencer.
Tan sólo hay una única oportunidad para convencer a al  Juez”.

 

Gonzalo J. Fdez-Sambruno Claver es miembro del Rotary Club Sevilla Cartuja, y es su actual secretario. Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, Colegiado en el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Sevilla, Miembro de la World Compliance Association, Mediador Civil, de Familia y Mercantil del Ministerio de Justicia, Perito Tasador Judicial Inmobiliario, Experto en Urbanismo y Desarrollos Inmobiliarios por el Instituto de Práctica Empresarial, Experto en Gestión de Viviendas Protegidas por el Instituto de Práctica Empresarial, Programa de Gestión de Proyectos Urbanísticos e Inmobiliarios por el Instituto de Práctica Empresarial, Experto en Gestión de Cooperativa de Viviendas por el Instituto de Práctica Empresarial, Experto en Innovación en la Venta Inmobiliaria por el Instituto de Práctica Empresarial, Alumno del Estudio Rotal de la Nunciatura Apostólica en España y a falta de la defensa ante el Tribunal Evaluador de su TFM “El Compliance como elemento diferenciador para evitar la responsabilidad penal de la empresa”, Máster en Derecho Penal Económico por la Universidad Internacional de la Rioja. Asimismo, es el autor de “La Responsabilidad Penal por Mala Praxis Médica” y “El Compliance como elemento diferenciador para evitar la Responsabilidad Penal de la Empresa”.

Gonzalo Fernández-Sambruno Claver, la persona al frente del Área Jurídica de Claver & Egler Abogados y Mediadores, atesora una carrera profesional en diferentes ámbitos profesionales, desde sus dieciocho años, que le aporta una visión de conjunto de la realidad práctica y fáctica de la casi totalidad de ámbitos regulados por el Derecho Sustantivo.


A esto hay que unirle su incesante y constante voluntad de aprendizaje y especialización, quedando patente esto por la cantidad de formación académica y de postgrado que ha realizado, y sigue realizando, en pro de una constante actualización y estar a la vanguardia de todos los temas que atañen y son de interés para la mejor defensa de los clientes de Claver & Egler Abogados y Mediadores.

Experiencia profesional y excelencia académica, un tándem que solo puede asegurar el éxito en cualquier ámbito, y más si cabe en el mundo del Derecho, donde el Abogado que no está en constante evolución y crecimiento se queda atrás para poder prestar el mejor servicio y atención al cliente.

 

Su despacho ha abierto ya sedes en Sevilla, Madrid y la Costa del Sol y tiene la clave de su éxito en el aporte de valor. Un valor que viene dado por la máxima especialización de todo su equipo, su obstinación en encontrarse a la vanguardia en innovación tecnológica y su voluntad de acercarse humana y empáticamente a cada situación y a cada cliente.

 

Claver & Egler Abogados y Mediadores y la World Compliance Association

 

Fruto de ese objetivo de situarse a la vanguardia, Claver & Egler ha entrado a formar parte de la World Compliance Association para velar por el cumplimiento normativo de las empresas de nuestro país y abogar intensamente por la abogacía preventiva.

 

La World Compliance Association (WCA) es una Asociación Internacional sin ánimo de lucro formada por profesionales y organizaciones interesadas en el mundo del Compliance. La asociación tiene, entre sus objetivos, la promoción, reconocimiento y evaluación de las actividades de cumplimiento en las organizaciones (con independencia de su forma jurídica), así como el desarrollo de herramientas y procesos para una correcta protección frente a determinados delitos/infracciones cometidas por sus empleados, colaboradores o cualquier otra persona relacionada con ella.

El Corporate Compliance es un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos

Los riesgos a prevenir son aquellos que conllevan consecuencias como el daño reputacional, la imposición de importantes multas y sanciones, las pérdidas de negocio por contratos no ejecutables o la exclusión de licitaciones o subvenciones públicas, entre otras.

No contar con un programa de cumplimiento normativo de prevención penal puede desencadenar en la responsabilidad de la empresa por los delitos e infracciones cometidas por sus socios, administradores, empleados, agentes o colaboradores en el ejercicio de su actividad por lo que el daño reputacional puede ser irreparable y quedar muy dañada la imagen de la empresa.


Puede llevar aparejado a que le imponga las siguientes penas y sanciones:


▪ Importantes sanciones económicas de diferentes cuantías.
▪ La actividad o autorización quede suspendida.
▪ Instalaciones y centros cerrados total y permanentemente.
▪ Inhabilitación para la obtención de subvenciones, ayudas e incentivos fiscales.
▪ Imposibilidad de contratar con terceros por exigencias de un contrato y con administraciones públicas.
▪ Ser sometidas Intervención judicial.
▪ Imposibilidad de ejercer actividades similares.
▪ La sociedad quede Disuelta y se liquide la misma.
▪ Adopción de medidas cautelares en su fase de instrucción.
▪ Derivación de Responsabilidades a los Administradores de cualquier tipo y naturaleza.