No contar con un programa de cumplimiento normativo de prevención penal puede desencadenar en la responsabilidad de la empresa por los delitos e infracciones cometidas por sus socios, administradores, empleados, agentes o colaboradores en el ejercicio de su actividad por lo que el daño reputacional puede ser irreparable y quedar muy dañada la imagen de la empresa.
Puede llevar aparejado a que le imponga las siguientes penas y sanciones:
▪ Importantes sanciones económicas de diferentes cuantías.
▪ La actividad o autorización quede suspendida.
▪ Instalaciones y centros cerrados total y permanentemente.
▪ Inhabilitación para la obtención de subvenciones, ayudas e incentivos fiscales.
▪ Imposibilidad de contratar con terceros por exigencias de un contrato y con administraciones públicas.
▪ Ser sometidas Intervención judicial.
▪ Imposibilidad de ejercer actividades similares.
▪ La sociedad quede Disuelta y se liquide la misma.
▪ Adopción de medidas cautelares en su fase de instrucción.
▪ Derivación de Responsabilidades a los Administradores de cualquier tipo y naturaleza.